Uso del fuego
- Prohibido del 16 de mayo al 31 de octubre.
- Se suspenden en Pedrezuela las autorizaciones de quemas controladas hasta el 31 de Octubre.
- Todos los residuos vegetales, rastrojos y podas deberán llevarse al Punto Limpio (1 metro cubico por vivienda).
La Dirección General de Protección Ciudadana de la Comunidad de Madrid recuerda que está terminantemente prohibido hacer barbacoas en terrenos forestales durante la época estival, entre el 16 de mayo al 31 de octubre, incluidos los lugares habilitados para ello. Esta prohibición se extiende, además, a todo tipo de fuegos, tanto para cocinar como para calentarse.
Por ejemplo, en caso de que la barbacoa se quiera realizar en un terreno calificado como urbano, es preciso solicitar al ayuntamiento el correspondiente permiso. Además, si este punto estuviera a menos de 50 metros de un terreno forestal, es preciso comunicarlo previamente a la Dirección General de Protección Ciudadana a través de correo electrónico (cecopinfo@madrid.org), en los teléfonos 91 580 18 49 y 900 720 300 o en el fax 91 580 18 48.
Asimismo, es necesario pedir permiso para utilizar máquinas y equipos cuyo funcionamiento pueda generar chispas o descargas eléctricas (motosierras, podadoras, radiales o cortacésped). Además, cuando la actividad se lleve a cabo en terrenos forestales o en una franja de menos de 200 metros a su alrededor, también es necesario contar con la autorización de la Dirección General de Protección Ciudadana.
En caso de utilizar las herramientas en terreno urbano, el solicitante deberá contar con la autorización del ayuntamiento y comunicárselo previamente a Protección Ciudadana si dista menos de 50 metros de terreno forestal.
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